El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria, aprobó la admisión del recurso de revocación promovido por el ciudadano Carlos Enrique Mendoza Santibáñez en contra del acuerdo por el cual se aprobó la terna enviada al Congreso del Estado de Guanajuato para la designación de la persona titular del Órgano Interno de Control del Instituto.
El proyecto de resolución del recurso de revocación se formulará en cinco días.
El 3 de mayo de 2022 se recibió el escrito signado por el ciudadano en mención por el cual promueve una impugnación en contra del acuerdo CGIEEG/023/2022.
El Consejo General consideró que el Instituto es competente para conocer y resolver el recurso de revocación interpuesto de conformidad con lo previsto en los artículos 392 y 394 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (Lipeeg).
En el proyecto de auto aprobado se actualiza el supuesto de procedencia del recurso de revocación previsto en el artículo 392 de la Lipeeg, toda vez que se interpone en contra de un acuerdo emitido por el Consejo General del IEEG, en contra del cual no procede algún otro medio de impugnación previsto en la ley electoral local.
En términos del artículo 396 de la Lipeeg, se admite el recurso de revocación toda vez que al menos de manera preliminar cumple con los requisitos legales de procedencia.
Se instruyó a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral que formule el proyecto de resolución, dentro de los cinco días siguientes a la fecha del acuerdo aprobado por el Consejo General.