Síntesis Obrera

Foto del día: Este miércoles 1 de septiembre entra en vigor la reforma sobre outsourcing o subcontratación en México. La figura de subcontratación u outsourcing es un esquema laboral bajo el cual una empresa terceriza el servicio de contratación. Si trabajas para una empresa pero tu contrato no lo firma dicha compañía, sino otra, es posible que estés laborando bajo el esquema de outsourcing o subcontratación laboral. (Vía El Financiero)

 

Sindicatos tienen hasta el 2023 para legitimar su contrato colectivo en Guanajuato

 Correo

León.- El subsecretario del Trabajo y Previsión Social, Marco Antonio Rodríguez Vázquez, dio a conocer que los sindicatos que no cuenten con Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), tienen hasta el 1 de mayo del 2023 para legitimarlo como lo contempla la ley.

Resaltó que Guanajuato es la segunda entidad federativa con el mayor número de Contratos Colectivos de Trabajo (CCT), y por ende los acontecimientos recientes como en la General Motors y la empresa japonesa Yazaky, que se hizo un llamado para votar a favor o en contra del documento que estipula derechos y obligaciones no alteran la paz laboral.

“En todas partes hay situaciones para dirimir, qué diferencia hay en Guanajuato, es porque se atiende, son situaciones que se atienden, se concilian y negocias es que se llegan a un acuerdo para todas las partes”, puntualizó.

Dentro de la Ley Federal del Trabajo se contempla que las empresas tienen que contar con el CCT, para brindar derechos, certeza jurídica y laboral para los trabajadores.

Solo se limitó a informar que existen actualmente 206 Contratos Colectivos de Trabajo, 126 de índole federal y el resto locales que cuentan con el CCT, pero no informó el número de sindicatos que carecen de este documento.

“Somos la única entidad federativa que brindó convenios de colaboración con la autoridad federal para legitimar Contratos Colectivos”, enfatizó.

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Brindarán apoyo con subsidios para completar pago de viviendas en Guanajuato

 Correo

León.- El año pasado se firmó un convenio de un subsidio por 100 millones de pesos por parte de Gobierno del Estado en apoyo a León, Celaya e Irapuato para la compra de vivienda de edificación municipal por parte de ciudadanos que no les alcanza o cuenten con ningún crédito.

Arturo García Segura, presidente de la Cámara de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda (Canadevi) explicó que, desde que desaparecieron los subsidios federales para este tipo de vivienda económica, se dejó de construir.

“Este tipo de vivienda hay quien la necesite, quien la requiera, pero no hay dinero como obtenerla, porque les falta ese extra para completar su vivienda y más ahorita que se encarecieron los insumos y la tierra, sube la vivienda”.

Por lo anterior explicó que desde el año pasado se firmó este convenio de colaboración para apoyar con un subsidio de hasta 100 mil pesos a las personas interesadas para que puedan completar su patrimonio. “El trabajador tiene un préstamo que no le alcanza para adquirir este tipo de vivienda, y Gobierno del Estado apoya con un subsidio de hasta 100 mil pesos, y el municipio subsidia con hasta 15 mil pesos a través del IMUVI”.

García Segura, estuvo presente en la entrega del conjunto habitacional Buenos Aires que consta de tres torres con 72 departamentos, cada uno cuenta con dos recamaras, sala-comedor, un baño completo y cuarto de servicio con un valor de 490 mil pesos cada uno.

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Amarra Gobernador inversión de empresa italiana para San Miguel

De Ocho News

El Gobernador de Guanajuato, Diego Sinhue Rodríguez, anunció este martes la inversión de más de 130 millones de pesos en el Estado por la llegada a San Miguel de Allende del Grupo PROMA, empresa italiana dedicada a la fabricación de estructuras para vehículos.

La empresa, con sede en la ciudad italiana de San Nicola la Strada, se dedica a la fabricación de cajas para baterías de autos eléctricos y estructuras para asientos de marcas como Chrysler, Volkswagen, Ford y Renault, entre otros. Cuenta con 3,300 colaboradores a nivel global y 1,500 robots en sus procesos de producción.

Este proyecto atenderá el mercado norteamericano, particularmente a la planta Volkswagen en Chattanooga, Estados Unidos, con estructuras para los asientos traseros de vehículos eléctricos. Con la inversión se generarán más de 250 empleos directos e indirectos en la entidad guanajuatense y se fortalecerá la industria automotriz estatal.

El Grupo PROMA ubicará su la planta en el Parque Empresarial San Miguel de Allende, calle Los Picachos. Y será la segunda de la empresa italiana en México. La primera reside en Saltillo, Coahuila. A nivel global la compañía cuenta con 26 fábricas ubicadas en 8 países de Europa, América del Sur, América del Norte y África.

La empresa tiene más de 40 años dentro de la industria automotriz y actualmente cuenta con dos centros de investigación y desarrollo, un laboratorio de pruebas y 30 patentes internacionales.

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Podría afectar a Guanajuato la baja de exportaciones automotrices

 El Sol de León

León, Gto.- En Guanajuato si continúa el comportamiento a la baja en las exportaciones del sector automotriz, como se registró en julio podría afectar porque el estado depende en gran medida de ellas con un 68% de las mismas, compartió Francisco Javier Méndez Aguiñaga, presidente del Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior Investigación y Tecnología (COMCE).

Reconoció que Guanajuato tiene mayor incidencia en el tema porque es que tiene mayor número de plantas automotrices en la región del Bajío.

“Esa dependencia que se tiene en el Estado es parte de lo que se tiene que ver el comportamiento con un poco más de precisión. Esta situación no es privativa de México, porque esa disminución ha sido a nivel global por falta de insumos, el propio Estados Unidos”, puntualizó.

De acuerdo con la Coordinadora de Fomento al Comercio Exterior (COFOCE), al cierre del 2020 en Guanajuato en el sector vehículos hubo exportaciones por 9 mil 490 millones de dólares y en autopartes por 5 mil 651 millones de dólares.

Hasta junio, de acuerdo con la plataforma informativa del Clúster Industrial Nacional, Guanajuato era el segundo estado con mayor inversión en el sector automotriz con 12 proyectos de nuevas empresas y ampliación en líneas de producción con 291.6 millones de dólares en inversión. También fue el estado número uno con más producción de vehículos en el país con más de 382 mil unidades armadas en la entidad.

Méndez Aguiñaga explicó que la tercera ola de la contingencia ha “enrarecido” un poco lo que se tenía previsto a nivel nacional, aunque considera que todavía se pueden lograr el nivel de exportaciones del 2019 por 461 mil millones de dólares, porque en 2020 estaba en 417 mil millones de dólares.

Informó que en tema de las exportaciones de vehículos a nivel nacional cayó en cuanto a volumen, aunque debido a las condiciones que todavía prevalecen se esperan los mismos números del año pasado.

Dijo que con los datos de agosto y septiembre, se tendrá mayor certeza de este escenario, porque el sector automotriz representa a nivel nacional el 28% de las exportaciones totales del país y la baja del 23.63% en julio, lo que pudiera comprometer lo que se esperaba.

“Sabemos que esta contingencia vino a agregar toda una situación de incertidumbre al comportamiento de diversos sectores productivos y en este caso de exportación”, aseguró.

Desabasto de proveeduría

Compartió que en China han cerrado puertos de manera intermitente, lo que ha generado desabasto en países que son altamente productores como México de vehículos.

“Ese suministro intermitente eso es lo que ha venido brincando. Aquí en Guanajuato si continúa, pudiera dejarse sentir ese comportamiento a la baja porque como estado si dependemos en gran medida de las exportaciones de este sector”, continúo.

Finalmente, Méndez Aguiñaga, dijo que también hubo sectores que en este periodo se vieron beneficiados como alimentos, bebidas y tabaco en un 26%, equipos y aparatos eléctricos y electrónicos 17.2%, maquinaría y equipo para industrias diversas 12.6%, productos de la siderurgia anualizada con 76.9%.

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Registradas, 65,000 empresas de servicios especializados; queda atrás la era del outsourcing

 El Economista

Con la suma de 2 millones 720,000 trabajadores contratados de manera directa –a cuatro meses de que entró en vigor la reforma en materia de subcontratación–, las autoridades laborales anunciaron que concluyó el plazo para que las empresas puedan realizar la sustitución patronal de sus trabajadores y evitar los efectos negativos en materia laboral y fiscal; pero también empieza una nueva etapa de supervisión.

La secretaria de Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, comentó a El Economista que el primero de septiembre inicia una nueva etapa en la que la dependencia dará un seguimiento puntual a la implementación de la reforma, sobre todo porque concluyen dos plazos fundamentales establecidos en la reforma en la materia aprobada en abril de este año y con la que se pone fin al outsourcing.

“Vamos muy bien con buenos resultados, ya hay más de 2.7 millones de trabajadores contratados directamente por el patrón y en el caso del Repse se ha hecho un esfuerzo muy grande para poder acortar los plazos para otorgar los registros a las empresas que realizaron su trámite. Se está tratando de responder en promedio en 12 días, ni siquiera los 20 días establecidos por la Ley, lo que permite dar respuesta a las empresas interesadas en prestar un servicio u obra especializado”, detalló la titular de la STPS

Destacó que “el primero de septiembre es una fecha importante, pues entra en vigor la reforma en materia de subcontratación, y con ello también los efectos fiscales, que en caso de no haber realizado los cambios de la sustitución patronal o el registro, impide la deducción de las facturas y con ello los efectos del registro”.

A su vez, Alejandro Salafranca, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, dijo en entrevista con El Economista que desde este miércoles se tienen los primeros reportes de la reforma en materia de subcontratación que va en dos sentidos, “el primero relacionado con la adopción de trabajadores, de manera directa por el patrón (sustitución patronal), y el segundo que está relacionado con el registro ante el Repse para quienes buscan dar servicios especializados”.

Tras señalar que el Congreso de la Unión otorgó un plazo de un mes, hasta el primero de septiembre, para realizar el proceso que permita terminar con el outsourcing, tal y como lo estipula la ley, destacó que no corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ampliar los tiempos; “lo que vemos hoy, con los primeros números es que hay empresarios interesados en dar cumplimiento a la ley, por lo que hay más de 2.7 millones de trabajadores con un patrón”.

Añadió que los trabajadores que estaban subcontratados por insourcing y outsourcing “ya han sido reconocidos por sus patrones como trabajadores, y eso muestra una voluntad enorme por cumplir”.

Sobre el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializados (Repse), dijo que hasta el 31 de agosto se tenía un universo de 120,000 empresas susceptibles de inscripción, de las cuales 65,000 de ellas concluyeron con el proceso del registro.

“Por ahora no sabemos cuántos trabajadores están contratados bajo Servicios Especializados, la plataforma ahora nos da los datos de los registros que se autorizaron que son cerca de 65,000, que indican que el sector empresarial ha acudido en masa a cumplir con la ley”, destacó.

Salafranca expuso que el diagnóstico que se tenía, previo a la reforma, ha sido el correcto, pues se tienen los primeros resultados en los que más de 2.7 millones de trabajadores –de unos cinco millones de subcontratados previo a la reforma– tendrán derechos laborales reconocidos, entre ellos seguridad social y pago de utilidades dado que se tiene como patrón a la empresa productiva real donde han trabajado siempre”.

Salafranca dijo que el salario también comentó que la cotización en el IMSS de los trabajadores que fueron reconocidos por su patrón se incrementó en 12%; “parte de la subcontratación era un mecanismo para fomentar la productividad a costa de los derechos de los trabajadores se está confirmando; de ahí que era importante terminar con la simulación, afectando a las empresas que sí han cumplido siempre, esa noticia es buena para los empresarios que siempre han cumplido con la ley”.

Sigue el Repse

Salafranca destacó que el Repse es un sistema robusto que no se ha colapsado y que estará habilitado para las empresas que aún quieran registrarse, “puede suceder que hoy no requieran servicio, pero más adelante necesitan personal especializado, entonces pueden acudir a solicitar el registro”.

No obstante, destacó que quienes, a partir de este primero de septiembre, mantienen a personal tercerizado, deben cumplir cabalmente con la nueva ley tanto laboral como fiscal, en donde toda empresa que ofrezca este tipo de servicios debe contar con un registro otorgado por la STPS.

Lejos de encontrar resistencia del sector empresarial, reconoció que “había dudas sobre el proceso, pero estas se fueron atendiendo con mucha colaboración, y si bien no conocemos el universo de empresas que ofrecían este de subcontratación, sí sabemos que el punto de partida, con la creación del Repse, es que estuvieron interesadas al menos 120,000 empresas y de ellas, al menos 65,000, concluyeron de manera correcta el proceso”.

Nuevas reglas, en vigor desde hoy

 

  • Después de una prórroga, con el inicio de septiembre entró en vigor a plenitud la reforma de subcontratación con sus disposiciones fiscales y de seguridad social. Éstos son los cambios que deberán respetar proveedores y usuarios de servicios especializados:
  • Registro obligatorio. Los servicios especializados deben estar inscritos ante la STPS cuando se ponga a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para cumplir con el contrato.
  • Multas históricas. Ofrecer o beneficiarse de los servicios de outsourcing sin el registro correspondiente puede ser sancionado con una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos.
  • Pena de cárcel. La simulación de los servicios especializados o la subcontratación laboral se castigarán con cárcel al ser considerado delito de defraudación fiscal.
  • Beneficio fiscal limitado. No se pueden deducir facturas por concepto de suministro de personal. Únicamente serán deducibles o acreditables ante el ISR y el IVA los gastos por la subcontratación regulada por la STPS.
  • Cuentas claras. Las prestadoras de servicios y las empresas tendrán que entregar reportes cuatrimestrales al IMSS y al Infonavit sobre los contratos de tercerización celebrados.

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Entran en vigor las nuevas reglas del outsourcing; simulación se penará con cárcel

 El Economista

“No hay fecha que no se cumpla ni plazo que no se venza”, dice un conocido refrán, el cual encaja a la perfección con el nuevo escenario para el outsourcing en nuestro país que se materializa este 1 de septiembre. A partir de este mes, todas las nuevas disposiciones en materia de subcontratación están vigentes y, con ello, las implicaciones penales en caso de simular servicios especializados o firmar contratos para suministro de personal.

Con el arranque de septiembre vencieron los nuevos plazos previstos para la regularización de las empresas que tenían contratos de subcontratación laboral y para los negocios que desean prestar servicios especializados en el mercado. Al mismo tiempo, entraron en vigor todas las disposiciones de seguridad social y de la materia fiscal.

Entre las nuevas reglas aplicables a partir de este mes, la subcontratación laboral o la simulación de los servicios especializados se equipara a delito de defraudación fiscal que puede ser castigado hasta con nueve años de prisión, según el Código Fiscal de la Federación.

Además, las facturas por concepto de suministro de personal o de subcontratación de servicios especializados que no cuenten con la inscripción al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) pierden sus efectos para deducibilidad.

Durante el tiempo de transición, las empresas podían celebrar nuevos contratos de prestación de servicios especializados sin contar con el Repse, pero a partir de este 1 de septiembre todos los contratos de tercerización deben contar con el registro en el padrón público operado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que las facturas emitidas por los contratistas tengan efectos de deducibilidad y acreditamiento ante el ISR y el IVA.

“Después del 1 de septiembre, la consecuencia inmediata del incumplimiento será la no deducibilidad de las facturas por esos servicios, ahí es donde vamos a ver la primera afectación”, apuntó Jaime Rodríguez Eguiarte, socio líder de la Práctica Laboral de la firma Ibarra, del Paso y Gallego.

La reforma de subcontratación contempló la modificación a ocho ordenamientos legales, con ello, desde abril quedó prohibido el outsourcing basado en suministro de personal. Los cambios en la legislación establecieron nuevas reglas para la subcontratación, como la tercerización de servicios, siempre que no formen parte del objeto social y actividad económica preponderante del cliente y que el contratista cuente con el Repse.

Las modificaciones al esquema de subcontratación también incorporaron las multas por incumplimiento más elevadas en la historia de la legislación laboral. Al vencer el plazo de transición el 1 de septiembre, la empresa que preste o se beneficie de servicios especializados que no cuenten con el registro ante la STPS, puede ser sancionada con una multa de hasta 4 millones 481,000 pesos.

“Ya es exigible al 100% todos los elementos de la reforma. Las empresas contratantes tendrán que asegurarse que tienen un contrato de prestación de servicios vigente en términos de lo que establece la reforma y tendrán que verificar si sus contratistas están inscritos en el Repse, si es que tienen personal a disposición para prestar el servicio y tendrán que estar preparadas para las posibles visitas de inspección o verificación por parte de las autoridades”, expuso Mary Carmen Fuertes, counsel de Hogan Lovells México.

Las últimas cifras de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) refieren que más de 100,000 empresas han iniciado el trámite en el Repse, de las cuales 65,000 ya lo concluyeron.

Informes ante el IMSS y el Infonavit

A partir de este mes, entre las nuevas obligaciones que deben cumplir las empresas que se dedican a ofrecer servicios especializados se encuentran los informes cuatrimestrales sobre los contratos celebrados que deben entregar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). El 17 de septiembre es la fecha límite para entregar el primer reporte.

Manuel Fuentes Muñiz, profesor de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), consideró que la reforma está por entrar a su etapa más notable: poner en juego todas las nuevas reglas y, en esta fase, lo que más se destacará serán los informes que se entregarán al IMSS y al Infonavit.

“Esa información va a poner en blanco y negro el escenario de la subcontratación porque le dará visibilidad a los contratos de los trabajadores y las actividades que realizan. Habrá que estar al pendiente si estos informes pueden lograr la estabilidad en el empleo de los trabajadores”, dijo Fuentes Muñiz.

Los reportes cuatrimestrales son una nueva regla que deberán seguir las empresas de subcontratación, estos reportes deberán compartirse con las autoridades en enero, mayo y septiembre de cada año.

En esta nueva etapa de la reforma, apuntó Mary Carmen Fuertes, las empresas de servicios especializados entrarán a un escenario de doble supervisión, pues los clientes asumirán un rol activo en la verificación del cumplimiento de los contratistas con sus obligaciones laborales, de seguridad social y fiscales de los trabajadores con los que está prestando el servicio especializado.

“Muchas de las empresas están ahora implementando protocolos para revisar a sus contratistas, ver la información que las van a solicitar, cómo cerciorarse que están cumpliendo con sus obligaciones”, comentó la especialista.

Este rol que asumirán las empresas que subcontraten servicios está vinculado a la inclusión en la legislación de la responsabilidad solidaria que tienen los clientes con los trabajadores que pone a disposición el contratista.

Escenario de amparos

Si la reforma fuese una serie, el 1 de septiembre se estrenaría la segunda temporada. Los especialistas consultados por El Economista coinciden en que el siguiente escenario no está exento de una ola de amparos debido a las dudas y diferentes interpretaciones en torno a las nuevas reglas.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) prohíbe expresamente la subcontratación laboral entendida como poner trabajadores propios a disposición de otra empresa. Sin embargo, los lineamientos del Repse indican que los servicios especializados son aquéllos que se prestan poniendo a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente. “Eso es lo que genera tanta confusión”, señaló Óscar de la Vega, socio de la firma D&M abogados.

En diversos foros, la STPS ha explicado que “poner a disposición trabajadores en beneficio de otra” se entiende cuando un contratista envía al centro de trabajo del cliente a sus trabajadores para cumplir con las actividades establecidas en el contrato.

“Esto ha creado un tema de incertidumbre muy importante en los empresarios. Puede ser que pronto nos estemos encontrando con una multiplicación de amparos por parte de empresarios que tienen una visión distinta de estos temas”, indicó Manuel Fuentes.

En ese tenor, Óscar de la Vega opinó que bajo esta interpretación, la aplicación de la reforma alcanza a actividades que no implican una subcontratación de servicio especializado. Ante este panorama, agregó el especialista, es probable que las empresas de algunos sectores como el de construcción y comercio se amparen ante la aplicación de la reforma.

“Ante la poca claridad, la subjetividad de parte de las autoridades, se va a generar necesariamente litigio. Al final, el que va a tener la interpretación de lo que realmente se debe registrar ante la Secretaría del Trabajo serán los jueces y los magistrados”, enfatizó de la Vega.

Para Jaime Rodríguez un escenario de amparos tampoco es descabellado, pues incluso hay un choque de interpretaciones entre las autoridades involucradas en la aplicación de la reforma. “Con el paso de los meses y cuando empiecen a haber controversias a nivel judicial empezarán a salir los criterios y veremos realmente cómo va a operar esto”.

IMSS reconoce amparos

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), 301 empresas han tramitado 321 amparos judiciales contra la reforma de subcontratación. Entre el 28 de febrero y el 1 de agosto de este año el número de puestos de trabajo asociados a esas organizaciones disminuyeron 16%, es decir, cerca de 16,000 empleos.

“Tenemos información perfecta” sobre estas empresas, señaló Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación del IMSS.

La funcionaria indicó que la mitad de las compañías que se han amparado se dedican proveer servicios para otras empresas y a la industria de la transformación. El 40% tenía a más de 100 personas trabajadoras asociadas y el 30% había registrado ante el IMSS a menos de 10.

Pero el instituto ubicó que 27 de estas organizaciones no había afilado a nadie de su plantilla y, luego de la reforma, comenzaron a hacerlo. Otras 101 empresas “nunca han tenido trabajadores registrados ante el IMSS”.

Además, el 90% de los 40 millones de pesos que empresas de subcontratación le adeudan al IMSS proviene de aquéllas que han presentado los amparos.

Sin embargo, abogados consultados afirman que realmente hay más de 2,000 amparos en el Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo de la Ciudad de México y la resolución de estos es lenta debido a la carga de trabajo.

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La Covid-19 no cede, suma ya 3.5 millones de incapacidades y ausencias laborales

 El Economista

En México, la pandemia de covid-19 ha causado una pérdida equivalente a, por lo menos, 35 millones de jornadas laborales. “El costo para el país, la seguridad social y las empresas, en términos de producción y ausentismo no planeado, es enorme”, dice Mauricio Hernández Ávila, director de Prestaciones Económicas y Sociales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Desde abril de 2020 y hasta mediados de agosto de este 2021, el IMSS ha otorgado 3.5 millones de incapacidades “sospechosas de covid-19”, informa en entrevista el funcionario. De ellas, “175,000 se han extendido de manera digital en el aplicativo Permiso covid-19”. Es decir, solo 5% se han tramitado por Internet y 95% en forma presencial.

En julio de 2020 el instituto habilitó, tanto en su página de Internet como en su aplicación para dispositivos móviles, la plataforma digital para gestionar ese permiso. Si no se ha utilizado tanto esta opción es quizá porque la gente “no se ha enterado como quisiéramos” de que existe, comenta el médico.

“La mayoría de las personas acuden a las unidades médicas directamente para realizarse la prueba. Y eso también está bien, así tienen un mejor diagnóstico”. Sin embargo, los 175,000 trámites en línea “significan un número mucho mayor de propagación de contagios que se evitaron” al quedarse en casa, subraya.

De acuerdo con el Doctor en Epidemiología por la Universidad de Harvard, para casi cualquier otra enfermedad respiratoria el instituto expide tres días de incapacidad. Sin embargo, para la generada por el SARS-CoV2 son por lo menos 10 días, justificados y pagados, de permiso para no presentarse a su centro de trabajo.

Pero la mayor parte de las personas trabajadoras (el 85%), requiere de 14 días, agrega. Y para una pequeña parte no se confirma su contagio, así que “se quedan en tres días”.

Si el contagio se produjo en el centro laboral o realizando alguna actividad que tenga que ver con su empleo, el IMSS la calificará como enfermedad de trabajo. Con ello tendrán derecho a recibir el 100% de su salario. Sin embargo, si la adquirieron en otro contexto, le pagarán solo el 60% del salario base de cotización con el que la empresa les haya registrado ante el instituto.

Atención deudos de personal de salud

Las incapacidades temporales por covid-19 le están sirviendo al instituto para “adelantar los picos” de contagio, como la tercera ola que, al parecer, el país comienza a superar. Pero, como han advertido las autoridades sanitarias, para la temporada invernal se espera otro repunte.

“Pudimos avisar con tiempo de los picos que venían en el caribe mexicano y en Baja California Sur a partir de mayo”, lo que le permitió al instituto prepararse nuevamente para un aumento en las hospitalizaciones en otras entidades, como la Ciudad de México y el Estado de México.

La información sobre los permisos covid-19 se tiene “en tiempo real porque está ligado a un subsidio económico, a los tres días debemos hacer la transferencia del subsidio”. Todas las semanas “se revisan con el director general (Zoé Robledo)”.

Los datos sobre los contagios le han servido al instituto en materia estadística, financiera, epidemiológica y también para recalcular las pensiones del personal de salud de instituciones privadas que ha fallecido por esta enfermedad.

Desde enero, el IMSS inició un programa de búsqueda proactiva de estos casos. Es decir, entre todas las empresas registradas, el instituto seleccionó aquéllas de muy alto riesgo del sector salud y de cuidados. En ellas identificó 326 defunciones asociadas a la pandemia que, pese a ello, no habían sido calificadas como riesgo de trabajo.

La importancia de que sea catalogada de esa manera tiene que ver con el monto de pensión que podrá recibir su familia. Si la persona trabajadora que murió estaba casada o vivía con su pareja, ella tendrá derecho al 40% por ciento de lo que se le hubiera otorgado al trabajador o trabajadora por una incapacidad permanente total.

En cambio, si la enfermedad que contrajo no estaba asociada a su empleo, la pensión por viudez será del 90% de lo que el trabajador o trabajadora hubiera recibido por una pensión por invalidez. Ésta última equivale al 35% del salario que recibía, o sea, no recibiría ni una tercera de lo que su pareja ganaba.

“Localizamos a 243 familias y se reconocieron como enfermedad de trabajo a 132. Fue un ejercicio muy bueno, porque la mayoría eran trabajadores que no completaban las 150 semanas de cotización y, por lo tanto, les habían negado el derecho. Pero los rescatamos”, dice satisfecho.

“Hasta ahora lo hemos hecho de manera activa, identificando nosotros los certificados de defunción de esas empresas, contactando a las familias”. Desafortunadamente, la mayor parte de las personas desconoce los derechos de salud en el trabajo y, por eso, “no los reclaman”.

Y “los patones tampoco lo impulsan, porque reconocer una defunción de enfermedad de trabajo les obliga a actualizar la prima de riesgo de sus empresas. Pero bueno, ésta es una manera para lograr que sean más cuidadosos con su personal y les provean de equipo de protección personal y de las medidas adecuadas” para evitar el contagio de covid-19.

El doctor Mauricio Hernández señala que la familia de una trabajadora o trabajador de la salud del sector que haya fallecido por covid-19 se puede acercar al instituto para analizar su caso y quizá “beneficiarse de este programa”.

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Si hay trabajadores de por medio, la inscripción al Repse es obligatoria: STPS

 El Economista

Sin excepción, a partir de este 1 de septiembre toda empresa que ponga a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para ejecutar las actividades establecidas en el contrato debe estar inscrita en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse).

“En aquellos casos en que exista una prestación de servicios con independencia del origen de la relación jurídica contractual, en donde exista la puesta a disposición de trabajadores se deberá contar con el Repse”, detalló la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El Repse es un padrón público de empresas de outsourcing operado por la STPS, cuyo registro debe renovarse cada tres años. Operar sin este requisito puede equivaler a una multa de 4 millones 481,000 pesos, la misma sanción es aplicable para las empresas que subcontraten un servicio que involucre recibir personal del contratista en su centro de trabajo sin contar con la inscripción en el padrón.

La reforma de subcontratación otorgó un plazo para que las empresas se regularizaran con base a las nuevas reglas, como la inscripción al Repse, el cual venció el 1 de septiembre. Sin embargo, esto no significa que los negocios no puedan seguir iniciando el trámite ante la STPS.

El Repse no es la única nueva regla para las empresas que ya operaban en el sector de la tercerización, también será una norma que deberán tomar en cuenta los negocios de nueva creación que pongan a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente para cumplir con las actividades establecidas en el contrato de servicio.

A través de la Guía para cumplir con las obligaciones en materia de registro en el Repse, la dependencia encabezada por Luisa María Alcalde aclaró que poner a disposición trabajadores propios en beneficio de un tercero es cuando uno o más empleados del contratista ejecutan los servicios especializados en un espacio o centro de trabajo de la propiedad o bajo la administración del contratante, aunque sea esporádicamente.

“En los casos en que los trabajadores de una empresa desarrollen labores en las instalaciones de otra, se considerará que se proporciona o pone a disposición personal cuando los trabajadores de la primera desempeñen sus labores en las instalaciones de la segunda de manera permanente, indefinida o periódica; por lo que, en este caso, la empresa que proporciona o pone a disposición los trabajadores deberá contar con el registro ante el Repse”, señaló la dependencia.

En ese sentido, los servicios que pueden operar bajo las nuevas reglas son los que ponen a disposición personal y esto no implica subordinación entre el cliente y los empleados del contratista.

“Las actividades encaminadas a proporcionar o poner a disposición personal son todas aquéllas en las cuales no se actualicen los elementos que constituyan una relación laboral entre el personal del contratista y la contratante (subordinación)”, detalló la dependencia.

La Secretaría del Trabajo puntualizó que los trabajadores que realizan los servicios especializados no pueden realizar actividades propias del contratante, pues se consideraría subcontratación laboral, una actividad prohibida expresamente por la Ley Federal del Trabajo (LFT) a raíz de la reforma.

Algunos casos particulares

En el mercado, hay una serie de actividades que no requerirán la inscripción en el padrón público de la STPS porque no implican una puesta a disposición del personal del contratista, por ejemplo, el servicio de entrega de productos.

“En aquellos casos en que exista la adquisición de bienes, con independencia del origen de la relación jurídica contractual, y en la cual el contratista esté obligado a su entrega en el centro de trabajo, establecimiento o sucursal de la contratante, no se considerará que se actualizan los elementos para contar con el Repse”, explicó la dependencia.

Es decir, proveedores que sólo acuden a entregar el producto a la empresa no están sujetos a inscribirse ante la Secretaría del Trabajo, al menos para esa actividad.

En el caso contrario, por ejemplo, los servicios de promotoría en tiendas departamentales, estos deben contar con el Repse cuando impliquen enviar trabajadores a un centro de trabajo distinto. En estos casos, la autoridad laboral puntualizó que este personal no puede realizar actividades que formen parte del objeto social o actividad económica preponderante del cliente.

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¿Cómo quedó el outsourcing 2021 en México?

 El Financiero

Este miércoles 1 de septiembre entrará en vigor la reforma sobre outsourcing o subcontratación en México.

La figura de subcontratación u outsourcing es un esquema laboral bajo el cual una empresa terceriza el servicio de contratación. Si trabajas para una empresa pero tu contrato no lo firma dicha compañía, sino otra, es posible que estés laborando bajo el esquema de outsourcing o subcontratación laboral.

Así quedó la reforma sobre outsourcing

-La minuta aprobada en abril reforma ocho leyes: Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del Infonavit, el Código Fiscal de la Federación, la Ley del ISR, la Ley del IVA, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, así como la Ley Reglamentaria. Sin embargo, la mayoría de los cambios se concentraron en la ley laboral.

-Se prohíbe la subcontratación de personal, es decir, cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.

-Las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en la contratación podrán participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y/o capacitación, pero en ningún caso se les considerará como patrones.

– Se permitirá la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas que no forman parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, siempre que las empresas contratistas estén registradas en el padrón público que estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

-Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.

-Habrá sanciones más severas para el outsourcing ilegal: se equipara a defraudación fiscal; se fijaron multas de 173 mil a 4 millones de pesos, a quienes incumplan con las nuevas disposiciones, y se prohíbe la deducción de impuestos.

-La STPS tendrá la facultad para requerir la información del cumplimiento de las obligaciones en materia de trabajo, aun cuando en un proceso de inspección el patrón se niegue a atender a las autoridades del trabajo, además podrá imponer sanciones ante la negativa de proporcionar dicha información.

-La subcontratación deberá formalizarse mediante contrato por escrito donde se señale el objeto de los servicios u obras a ejecutar.

-Las empresas que proporcionen servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la STPS, el cual será público y estará disponible para consulta en internet. El registro debe renovarse cada tres años.

-Se establece la responsabilidad solidaria en el sentido de que la empresa que contrate la prestación de servicios o la ejecución de obras con una empresa que incumpla con sus obligaciones en materia de seguridad social, será responsable con las personas trabajadoras utilizadas para la ejecución de dichas contrataciones.

-El monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

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Aumento al salario mínimo permite comprar 2 kilos más de tortillas: AMLO

 El Financiero

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, destacó el alza al salario mínimo que se ha visto en su Gobierno y su relación con la compra de productos de canasta básica, como la tortilla.

“El salario ha aumentado en términos reales en 44 por ciento, algo que no había ocurrido en más de 30 años”, sostuvo el presidente durante el Tercer Informe de Gobierno. El salario mínimo este año se ubica en 141.70 pesos diarios, es decir, poco más de 4 mil 300 pesos mensuales.

“Cuando llegamos al Gobierno, un salario mínimo alcanzaba para comprar 5.8 kilogramos de tortilla, y ahora, a pesar de la inflación, 7.7 kilogramos, es decir, casi dos kilos más”, sostuvo

La tortilla de maíz registró, durante la primera quincena de agosto, una inflación intermensual de 15.1 por ciento, su dato más alto en casi una década.

La meta del Gobierno federal para el salario mínimo general es que llegue a 167.56 pesos diarios al final del sexenio, es decir, un poco más de 5 mil 100 pesos mensuales, lo que implica un aumento gradual del 18 por ciento sobre el nivel actual, de acuerdo con la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Consami).

El organismo detalló que el aumento es casi 90 por ciento mayor al que se tenía al finalizar el sexenio de Enrique Peña Nieto, cuando se ubicaba en 88.36 pesos, o sea 2 mil 700 pesos mensuales.

Si bien la cifra de 167.56 pesos es casi el doble de lo que se tenía al final de la administración pasada, queda aún debajo de la meta planteada en el Programa Sectorial de la Secretaría del Trabajo, de 171.07 pesos.

López Obrador señaló que en medio de la crisis por la pandemia de COVID-19, “en el campo se está produciendo sin limitaciones.

“La producción agropecuaria aumentó 2 por ciento, y esa misma tendencia se registra en lo que va de 2021″.

Mencionó también que el sector industrial, de comercio, aeronáutico y turístico se encuentran en la franja de la recuperación.

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