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Determina IEEG improcedente recurso de revocación

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) determinó improcedente el recurso de revocación promovido por el partido político morena en contra del acuerdo CGIEEG/170/2024.

El 21 de junio, el Consejo General del Instituto emitió el acuerdo antes mencionado, mediante el cual se atendió el acuerdo plenario del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) recaído al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano con número de expediente TEEG-JPDC-069/2024, por medio del cual un aspirante a ocupar plazas vacantes pertenecientes a la estructura orgánica permanente adscritas a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral, presentó medio de impugnación a los resultados del concurso interno.

De manera posterior el 23 de junio el partido político morena presentó ante la Oficialía de Partes del IEEG recurso de revocación contra el acuerdo CGIEEG/170/2024.

Se observó que la impugnación combate lo determinado por el Consejo General del IEEG en un acuerdo que es cumplimiento a una determinación firme, cuyo acto no causa agravio al partido político recurrente o al menos ello no se desprende de la expresión de los agravios contenidos en su escrito de interposición del recurso de revocación, pues estos combaten un acuerdo diverso.

Al advertirse que con la emisión del acuerdo recurrido no se le causa afectación al partido político morena, se desechó de plano el recurso de revocación por notoria y manifiesta improcedencia.