ISSSTE autoriza la práctica de abortos voluntarios en diversas clínicas del país

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ha autorizado la práctica de abortos voluntarios, en sus clínicas y hospitales de los estados en donde se despenalizó la interrupción del embarazo.

La medida entra en vigor luego de que este jueves 23 de enero de 2025, se publicara en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo promovido por el director general, Martí Batres Guadarrama, informó en un comunicado el ISSSTE. Y destacó que dicho acuerdo “garantiza, por primera vez” la aplicación del ILE.

No obstante, al menos desde marzo del 2024, la Secretaría de Salud federal (SSA) informó sobre los servicios de “aborto seguro” del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva que se ofrece en unidades de salud de primer, segundo y tercer nivel del ISSSTE en las 32 entidades del país.

Directorio de Servicios de Aborto Seguro

De acuerdo al ISSSTE, el propósito de este acuerdo es “proteger la integridad y la autonomía reproductiva, a partir de brindar certeza de la aplicación del procedimiento tanto para el personal de salud como para las personas usuarias, con el fin de que reciban una atención oportuna e integral, de conformidad con las disposiciones legales aplicables”.

El acuerdo reconoce los derechos de las personas usuarias del servicio de ILE “bajo los principios de igualdad, no discriminación, perspectiva de género, y respeto a los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos; así como información clara respecto a la valoración médica y el procedimiento sugerido”.

El documento define como derechos los siguientes:

  • Recibir orientación preventiva, de control y seguimiento respecto a la ILE, por lo que “promueve la libertad reproductiva y el consentimiento informado”
  • Obtener apoyo emocional y psicológico mediante una persona capacitada en un entorno seguro y propicio
  • Protección de datos personales y salvaguarda de la información de la paciente.

No objeción de conciencia

Según el acuerdo, el ISSSTE asegura que el procedimiento “se realizará en todo momento bajo el principio de no revictimización” con las personas que quieran acceder a la ILE tras haber sido víctima de delito.

Para ello, destaca que el personal médico involucrado “deberá estar capacitado en la materia y en diversos temas que la Dirección Médica del ISSSTE considere necesarios para brindar la atención de manera adecuada”.

Además, las unidades médicas “deberán contar con suficiente personal de salud No Objetor de Conciencia para garantizar la prestación del servicio”. Éste podrá ser realizado con el debido Consentimiento Firmado de la Persona Usuaria y el respeto a los derechos de información y libertad de elección.

El ISSSTE agregó que la Dirección Médica será responsable de “coordinar y dar seguimiento a las acciones necesarias para capacitar al personal médico de todas las unidades y promover la implementación del acuerdo”.

En tanto, la Dirección Jurídica del Instituto realizará los trámites correspondientes para que el contenido del instrumento sea incluido en la Normateca Electrónica Institucional, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la publicación del Aviso en el DOF.

Estados donde es legal el aborto

En septiembre de 2023 la Suprema Corte de México despenalizó el aborto en todo el país y declaró inconstitucional la prohibición actual del procedimiento en el Código Penal. Sin embargo, en gran parte de los congresos locales aún no han derogado el delito de aborto autoprocurado y consentido.

Actualmente, el aborto voluntario está despenalizado en 18 estados y en la Ciudad de México, generalmente permitido solo durante las primeras 12 semanas de gestación.

  • Ciudad de México
  • Oaxaca
  • Veracruz
  • Hidalgo
  • Baja California
  • Colima
  • Guerrero
  • Baja California Sur
  • Quintana Roo
  • Aguascalientes
  • Sinaloa
  • Jalisco
  • Sinaloa
  • Puebla
  • Michoacán
  • Zacatecas
  • Estado de México
  • Chiapas

¿Qué dice la ley sobre el aborto en México?

En 2008, la Corte declaró constitucional despenalizar el aborto hasta la semana 12 de gestación, en el entonces Distrito Federal.

El 24 de marzo de 2016 fue publicada la NOM-046, en el Diario Oficial de la Federación, que establece que, en caso de embarazo por violación, una mujer puede acceder a un aborto médico legal, sin necesidad de presentar una denuncia penal. Esta norma es obligatoria en todos los servicios públicos del país.

En 2018, resolvió que las instituciones de salud deben contar con políticas de salubridad para atender, sin dilación alguna, casos urgentes de interrupción legal del embarazo en caso de violación.

Fuentes: Proceso, CNN, Expansión. El Imparcial. Capital 21

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