Estalla “huelga de facto” en SJMFLEX

El Sindicato de Trabajadores de la Industria Metal Mecánica, Automotriz, Similares y Conexos de la República Mexicana ( SITIMM ), informó que sus trabajadores sindicalizados de la empresa SJMFLEX, ubicada en Puerto Interior de la ciudad de Silao, iniciaron huelga de facto derivada de las condiciones de violencia y acoso laboral, después que SITIMM exigiera a detalle, mediante su comisión mixta la repartición del PTU para las y los trabajadores.

A pesar que este jueves se anunció una mesa de negociación, donde estuvieron presentes autoridades de Gobierno del Estado, representantes de la empresa SJMFLEX tuvieron una postura inflexible derivada de las posibles anomalías denunciadas por el SITIMM, ante su carátula de PTU.

Al no llegar a un acuerdo legal y que justifique su declaración de PTU ante el SAT por posibles anomalías no aclaradas, trabajadores afiliados acordaron iniciar la huelga de facto, ante esto, SITIMM jamás permitirá cualquier acto de violencia, acoso laboral, despido o actos que atenten en contra de las y los trabajadores.

Como dato, SJMFLEX tiene capital de origen coreano, esta ubicada en Puerto Interior de Silao, y que se dedica a la elaboración de tubos y conectores flexibles para escapes, acopladores flexibles, coples flexibles de acero y tubos para sistemas de escape de motor, esta empresa cuenta con más de 150 trabajadores afiliados, mismos que SITIMM tiene el agrado de representar.

Cabe recordar que SITIMM, recientemente través de diversas, arduas y positivas negociaciones, donde han estado presentes autoridades de Gobierno del Estado y del Centro de Conciliación y Registro Laboral, SITIMM a través de sus comisiones de trabajadores ha resuelto junto a los representantes de empresa 4 paros de labores que se derivaron debido a la inconformidad por PTU en las empresas Yutaka, KYB, Ashimori y Tokyo Roki.

Ante esto, SITIMM mantendrá su posicionamiento en la revisión de la PTU, y defenderá los derechos de las y los trabajadores afiliados ante cualquier instancia o empresa que violente sus derechos.

Posicionamiento SITIMM en la revisión de la PUT a repartir

1.- Cuando se trate de situaciones de empresas donde es evidente que se han reducido sustancialmente sus ventas y por tanto sus niveles de producción durante el año fiscal que corresponda, seremos comprensivos de la posible inexistencia de utilidades a repartir.

2 .- Cuando la Declaración Fiscal de alguna empresa manifieste resultado negativo para efectos de PTU, pero durante el año fiscal que corresponde es evidente que no se han reducido las actividades productivas o incluso se han tenido trabajos de tiempo extra, o se han realizado inversiones técnicas o tecnológicas, o ampliaciones en la Nave Industrial; EXIGIMOS QUE SE OTORGUE UN BONO COMPENSATORIO POR NULA O MUY BAJA UTILIDAD REPARTIBLE A LOS TRABAJADORES QUE TIENEN DERECHO AL PTU.

3.- Es de exigirse la integración correcta de la comisión mixta para el análisis de la PTU, con la entrega de la totalidad de los documentos que integran la Declaración Fiscal de la empresa por el ejercicio fiscal que corresponde.

4.- Ante cualquier duda sobre los resultados expuestos por las direcciones de las empresas en su Declaración Fiscal, o ante la negativa de entregar dicha declaración a los trabajadores, el SITIMM ejercitará el derecho que asiste a los trabajadores para presentar los recursos legales pertinentes ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), o mediante el recurso de OBJECIÓN ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

¿Qué es una huelga de facto?

Una huelga de facto, también llamada huelga ilegal o de hecho, se produce cuando los trabajadores suspenden temporalmente sus labores sin haber seguido los procedimientos legales establecidos para una huelga formal. En otras palabras, es una paralización laboral sin la debida autorización o legalidad.

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